Cuando surge la necesidad de tener los documentos al día, vender,
obtener un préstamo u otra actividad, acerca de un terreno, una
casa, un departamento o una oficina; se deben cumplir ciertos
requisitos indispensables.
Si el bien inmueble no tiene el testimonio de propiedad y el folio
real a nombre del propietario, el trámite se inicia en las oficinas de
Derechos Reales, Consejo de la Judicatura, Poder Judicial y en el
caso particular de la ciudad de La Paz está ubicado en la calle
Yanacocha esq. Sucre y el costo varía de acuerdo a los metros
cuadrados del inmueble multiplicado por una base imponible de 5
x 1000 y otros gastos menores.
1. SERVICIOS QUE REALIZA LA OFICINA DE DERECHOS REALES
Requisitos para los trámites más comunes (todos deben presentarse con dos fotocopias)
INSCRIPCION TRANSFERENCIA DE INMUEBLES
MARCO LEGAL – DERECHOS REALES
• Ley de Registro de Derechos Reales
• Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de Diciembre de 2004
• Decreto Supremo 27966
• Código Civil (Registro de Derechos Reales)
• Ley de Organización Judicial
2. REGISTRO CATASTRAL
Una vez obtenido el folio real con la matrícula computarizada de la
partida del testimonio, se debe obtener el Registro Catastral, el cuál
determinará el valor catastral del inmueble que se traducirá en el
impuesto fiscal anual.
Para la obtención de planos aprobados o legalizados se debe presentar
el registro catastral, la línea y nivel y otros documentos que serán
detallados más adelante en cuadros de presentación.
Los trámites para registro catastral, línea y nivel y planos de construcción
se realizan en los Gobiernos Municipales a través de las oficinas de
catastro y sub alcaldías de zona o región.
El plazo desde que se inicia el trámite en catastro hasta la aprobación
de planos puede variar entre dos a tres meses si es que no existen
mayores observaciones y se cumplen con las fechas determinadas
para las inspecciones programadas.
El precio de los trámites en Catastro y en las sub alcaldías para la
emisión de los certificados, fluctúa entre 20 Bs. y 100 Bs. dependiendo
del tipo de trámite; para planos aprobados o legalizados se pagan
impuestos por metro cuadrado de construcción tanto en el Colegio de
Arquitectos para el visado de los mismos, como en el Gobierno Municipal.
OBJETIVOS DEL CATASTRO URBANO
El principal objetivo es el levantamiento de la información física,
económica y jurídica de las áreas urbanas que será utilizada para los
siguientes propósitos:
- Avalúo de la propiedad para fines tributarios.
- Fiscalización del suelo urbano.
- Planificación del uso del suelo urbano.
- Administración del suelo urbano.
DECLARATORIA DE HEREDEROS
INSCRIPCION DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Por: Arq. Rocio Luna Miranda
• Alodial
• Folio real actualizado
• Estado Hipotecario
• Testimonios
• Anticréticos
• Anotaciones Preventivas
(sin cuantía)
• Usufructo
• División y Partición
• Donación
• Testamento
• Entre otros trámites.
• Informes
• Gravamen
• Decenal,
Treintenal
• Y otras certificaciones.
ESCRITURAS PUBLICAS O PROTOCOLIZADAS
• Inscripción transferencia de inmuebles
• Hipotecas
• Anotaciones Preventivas
• Aclaración (Dominio y Titularidad)
• Matriculación del Inmueble
• Usucapión
• Declaratoria de Herederos
• Régimen de Propiedad Horizontal
CERTIFICACIONES
REQUISITOS
• Testimonio original a ser
registrado
• Cédula de Identidad y/o
NIT del comprador y
vendedor
• Tarjeta de propiedad
anterior o Folio Real
actualizado o datos
del antecedente dominial
insertos en escritura.
• Formulario de pago de
impuestos última gestión
El 5 x 1.000 más (+)
Servicio de computación
Bs. 20.00
Reposición de comprobante
Bs. 2.00
1 Carátula Notarial
Bs. 5.00
2 Hojas de Folio Real
Bs. 4.00
2 Timbres c/u Bs. 2.00
p/Folio Real
Bs. 4.00
1 Timbre
Bs. 10.00
1 Carátula DD.RR.
Bs. 20.00
ARANCEL
REQUISITOS
ARANCEL
• Testimonio original
• Pago de impuestos original
(última gestión)
• Cédula de Identidad del
(o los) interesado (s)
• Tarjeta de propiedad del
causante (fotocopia) o Folio
Real o Título de propiedad
del causante o donante.
• Impuesto a las
transacciones (F 173)
Transmisión gratuita de
bienes (F.622)
El 5 x 1.000 más (+)
Servicio de computación
Bs. 20.00
Reposición de comprobante Bs. 2.00
1 Carátula Notarial
Bs. 5.00
2 Hojas de Folio Real
Bs. 4.00
2 Timbres c/u Bs. 2.00
p/Folio Real
Bs. 4.00
1 Carátula DD.RR.
Bs. 5.00
1 Timbre
Bs. 10.00
Derecho de Inscripción
Bs. 20.00
El 5 x 1.000 más (+)
Servicio de computación
Bs. 20.00
Reposición de comprobante
Bs. 2.00
1 Carátula Notarial
Bs. 5.00
2 Hojas de Folio Real
Bs. 4.00
2 Timbres c/u Bs. 2.00
p/Folio Real
Bs. 4.00
1 Timbre
Bs. 10.00
1 Carátula DD.RR.
Bs. 5.00
REQUISITOS
ARANCEL
• Testimonio original a ser
registrado
• Cédula de Identidad y/o
NIT del comprador y
vendedor
• Tarjeta de propiedad
anterior o Folio Real
actualizado o datos del
antecedente dominial
insertos en escritura.
• Formulario de pago de
impuestos última gestión
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Presupuesto & Construcción Año 21 Nº 50, Octubre 2010 - Enero 2011