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Periodo
de actualización:
trimestral
En su
caso, 15 días hábiles después de alguna
modificación
Conservar
en el sitio de Internet:
información del ejercicio en curso. En el caso de las
sanciones, conservar la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica
a:
todos los sujetos obligados
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Criterios
sustantivos de contenido
Criterio
1 Clave
o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que regule la
actividad del sujeto obligado)
Criterio
2 Denominación
del puesto en la estructura orgánica (de acuerdo con el
catálogo de claves y niveles)
Criterio
3 Denominación
del cargo, empleo, comisión o nombramiento otorgado
Criterio
4 Nombre
del servidor(a) público(a), integrante y/o, miembro del sujeto
obligado, y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o
comisión y/o ejerza actos de autoridad (nombre[s], primer
apellido, segundo apellido)
Criterio
5 Área
o unidad administrativa de adscripción (de acuerdo con el
catálogo de unidades administrativas o puestos del sujeto
obligado)
Respecto
a la información curricular del (la) servidor(a) público(a)
y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión
en el sujeto obligado se deberá publicar:
Criterio
6 Escolaridad
(nivel máximo de estudios): Ninguno / Primaria / Secundaria /
Bachillerato / Carrera técnica / Licenciatura / Maestría
/ Doctorado / Posdoctorado
Criterio
7 Carrera
genérica, en su caso
Respecto
de la experiencia laboral especificar los tres últimos
empleos, en donde se indique:
Criterio
8 Periodo
(mes/año inicio, mes/año conclusión)
Criterio
9 Denominación
de la institución o empresa
Criterio
10 Cargo
o puesto desempeñado
Criterio
11 Campo
de experiencia
Criterio
12 Hipervínculo
al documento que contenga la información relativa a la
trayectoria
del (la) servidor(a) público(a), que deberá contener,
además de los datos mencionados en los criterios anteriores,
los siguientes: trayectoria académica, profesional o laboral
que acredite su capacidad; y habilidades o pericia para ocupar el
cargo público
Criterio
13 Cuenta
con sanciones administrativas definitivas aplicadas por la autoridad
competente: Sí/No
Criterios
adjetivos de actualización
Criterio
14 Periodo
de actualización de la información: trimestral. En su
caso, 15 días hábiles después de alguna
modificación
Criterio
15 La
información publicada deberá estar actualizada al
periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla
de actualización y conservación de la información
Criterio
16 Conservar
en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional
la información vigente de acuerdo con la Tabla
de actualización y conservación de la información
Criterios
adjetivos de confiabilidad
Criterio
17 Área(s)
o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la
información respectiva y son responsables de publicarla y
actualizarla
Criterio
18 Fecha
de actualización de la información publicada con el
formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterio
19 Fecha
de validación de la información publicada con el
formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterios
adjetivos de formato
Criterio
20 La
información publicada se organiza mediante el formato 17, en
el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios
sustantivos de contenido
Criterio
21 El
soporte de la información permite su reutilización
Formato
17 LGT_Art_70_Fr_XVII
Información
curricular y las sanciones administrativas definitivas de los(as)
servidores(as) públicas(os) y/o personas que desempeñen
un empleo, cargo o comisión en
<>
Clave
o nivel del puesto
|
Denominación
del puesto
|
Denominación
del cargo o nombramiento otorgado
|
Nombre
del servidor(a) público(a) (nombre(s), integrante y/o,
miembro del sujeto obligado, y/o persona que desempeñe un
empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad
|
Área
o unidad administrativa de adscripción
|
Nombre(s)
|
Primer
apellido
|
Segundo
apellido
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Información
curricular
|
Sanciones
Administrativas definitivas
|
Escolaridad
|
Experiencia
laboral (tres últimos empleos)
|
Sí/No
|
Nivel
máximo de estudios
|
Carrera
genérica
|
Inicio
|
Conclusión
(Periodo mes/año)
|
Denominación
de la Institución o empresa
|
Cargo
o puesto desempeñado
|
Campo
de experiencia
|
Hipervínculo
a la versión pública del currículum
|
|
Ninguno/Primaria/Secundaria/
Bachillerato/ Carrera técnica/ Licenciatura/ Maestría/
Doctorado/ Posdoctorado
|
(Periodo
mes/año)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Periodo
de actualización de la información: trimestral. En su
caso, 15 días hábiles después de alguna
modificación
Fecha
de actualización: día/mes/año
Fecha
de validación: día/mes/año
Área(s)
o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la
información: ____________________
XVIII.
El listado de servidores públicos con sanciones
administrativas definitivas, especificando la causa de sanción
y la disposición
Los
sujetos obligados publicarán la información relativa a
los datos de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas
que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan
actos de autoridad en ellos, así como las sanciones
administrativas definitivas que, en su caso, han sido emitidas en su
contra por los órganos de control correspondientes, con
fundamento en la ley de responsabilidades de los(as) servidores(as)
públicos(as) que corresponda, ya sea federal o estatal, o en
la normatividad que aplique según la naturaleza jurídica
de cada sujeto obligado.
Además,
los sujetos obligados incluirán un hipervínculo al
sistema de registro de sanciones administrativas que les corresponda;
por ejemplo, los de la Administración Pública Federal
incluirán un hipervínculo al Sistema
del Registro de Servidores Públicos Sancionados de la
Secretaría de la Función Pública,
en el cual cualquier persona podrá realizar consultas
públicas.
La
información que difunda cada sujeto obligado deberá ser
coherente y guardar correspondencia con la publicada en las
fracciones II (estructura orgánica) y XVII (información
curricular de servidores(as) públicos(as)).
Se deberá incluir en cada caso la información que dé
cuenta de la
causa y
la disposición
en que se fundamenten dichas sanciones administrativas cuando su
procedimiento haya causado estado.
Para
efectos del cumplimiento de esta fracción se entenderán
por sanciones definitivas que queden firmes, aquéllas que:
I. No
admitan en su contra recurso o juicio;
II. Admitiendo
recurso o juicio, no fueren impugnadas en el plazo legal permitido, o
cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate
haya sido desechado o sobreseído o hubiere resultado
infundado, y
III. Sean
consentidas expresamente para su cumplimiento por las partes o sus
representantes legítimos.
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