(Tercera Sección)
DIARIO OFICIAL
Jueves 18 de enero de 2018
copia simple).
ñ) Personas Morales que se extinguieron con motivo de una fusión
Documento notarial en donde conste dicho acto (Original y copia simple).
El trámite lo podrá realizar el representante legal de la empresa que subsista o que resulte de la
fusión, acreditando sus facultades con un poder general para actos de administración o dominio.
o) Personas Morales declaradas en quiebra
Deben presentar copia certificada de la sentencia dictada en concurso mercantil, así como del
auto que la declare ejecutoriada.
Pueden realizar el trámite a través de la persona física que tenga carácter de Síndico. Esta
persona debe acreditar sus facultades presentando copia certificada del nombramiento y de la
aceptación del cargo del síndico, acordados por el juez de la causa.
p) Personas Morales en liquidación
Pueden realizar el trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o bien,
por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de liquidador. Este último
debe acreditar su calidad como representante legal a través de un nombramiento o designación,
de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles. El
nombramiento no puede tener limitaciones en cuanto a las facultades del liquidador para realizar
actos de administración o dominio.
q) Oficinas de Representación de Entidades Financieras del exterior
Estatutos Sociales vigentes de la Oficina de Representación.
Resolución o acuerdo del órgano competente de la Entidad Financiera del Exterior en el que se
designe al representante legal con poder general para actos de dominio o de administración.
Dicha documentación deberá estar debidamente apostillada o certificada, según proceda y
cuando se encuentre en idioma distinto al español, deberá de acompañarse de una traducción
autorizada.
106/CFF
Solicitud de renovación del Certificado de e.firma
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que cuenten con Certificado vigente de e.firma.
Personas físicas que cuenten con el servicio de e.firma portable.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT.
En una ADSC previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
¿Qué documento se obtiene?
Nuevo Certificado de e.firma.
¿Cuándo se presenta?
Cuando el contribuyente requiera generar un nuevo Certificado de e.firma.
Requisitos:
I.
Renovación a través del Portal del SAT con el certificado digital vigente de e.firma.
a)
Unidad de memoria extraíble. Al finalizar el trámite, recibirá una copia simple de su Certificado
digital (extensión CER).
b)
Certificado digital vigente de e.firma (*.CER).
c)
Llave privada del Certificado activo (*.KEY).