Jueves 18 de enero de 2018
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
comprobantes de impuesto retenido (constancias de
retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original;
estados de cuenta que expidan las instituciones financieras
en los que consten las retenciones de ISR; documentación
comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre
otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes,
declaración formato 1-A.
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Tratándose de IMPAC consolidado y siendo la primera vez
que solicita devolución o lo haga ante una Unidad
Administrativa diferente a la que venía presentado, deberá
aportar copia simple del Aviso presentado ante la ACNGC
de la AGGC mediante el cual ejerció la opción prevista en el
penúltimo párrafo del artículo 57-E, o en su caso, en el
penúltimo párrafo del artículo 68 de la Ley del ISR vigente
en 1999 ó 2002, respectivamente.
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Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hojas de
trabajo pormenorizadas de la determinación del resultado
fiscal consolidado así como del valor del activo consolidado
en términos del artículo 13 de la LIA, señalando el
porcentaje de participación accionaria y consolidable en su
caso, tanto del ejercicio en que pagó el IMPAC como de
aquel en que se generó el excedente del ISR.
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Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hoja de
trabajo de la integración de los pagos provisionales
realizados mensualmente por cada controlada y la
controladora, y el monto acreditado a la consolidación,
anotando el porcentaje de participación accionaria y
consolidable, en su caso.
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Tratándose de IMPAC consolidado, aportar hoja de trabajo
de la integración del impuesto retenido en forma mensual
por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado
a la consolidación anotando el porcentaje de participación
accionaria y consolidable, en su caso. En el caso de
inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de
cambio aplicable.
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En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o
acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su
determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar
las disposiciones jurídicas aplicables.
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Tratándose de la solicitud de devolución de un remanente
después de compensaciones o de devoluciones, deberá
acompañar copia simple de los avisos de compensación así
como hoja de trabajo pormenorizada de su determinación,
actualización y aplicación o de las resoluciones a través de
las que se le efectuó la devolución correspondiente, según
sea el caso.
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En caso de haber aplicado lo establecido en la fracción VIII
inciso g) del Artículo Quinto Transitorio de la Ley del ISR
vigente en 1999 o el Artículo Segundo Transitorio fracción
XXXI de la Ley del ISR vigente en 2002, deberá aportar
hoja de trabajo en la que indique el importe y el año de
donde proviene la pérdida fiscal aplicada.
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25 Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o el
representante legal, mediante el cual exponga claramente
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