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Pérdida obtenida en venta de acciones habituales de S.A.
abiertas "ZY", no acogidas al Art. 107 LIR,
actualizada............................................................................
$ (372.000)
Sueldos percibidos, actualizados..........................................
$ 27.000.000
Impuesto Único de 2ª Categoría retenido por los sueldos,
actualizado............................................................................
$ 1.250.000
(b) Adquisición de viviendas nuevas acogidas a las normas del
DFL Nº 2/59, según Ley Nº 19.622/99 por obligación
hipotecaria contraída en Julio del año 1999
Dividendos hipotecarios pagados en los meses de Enero
a Diciembre del año 2016, por la adquisición de una
vivienda nueva acogida a las normas del D.F.L. Nº 2/59,
según las disposiciones de la Ley Nº 19.622, de 1999,
debidamente actualizados al término del ejercicio……….
$ 2.100.000
(c)
Inversiones efectuadas al amparo del artículo 57 bis LIR
Saldo de Ahorro Neto Positivo determinado al
31.12.2016, informado por la Institución Receptora
respectiva por inversiones efectuadas durante el año
2016……………………………………………………...
$ 1.320.000
(d)
Depósitos de ahorro previsional voluntario efectuado
conforme a las normas del inciso primero del artículo 42
bis de la LIR
Ahorro previsional voluntario efectuado en forma directa
por el trabajador en una institución autorizada 350 UF
(Valor UF al 31.12.2016 $ 26.347,98)
Total APV al 31.12.2016………………………………....
$ 9.221.793
(2)
DESARROLLO
(a) Forma de determinar las siguientes rebajas de la Base Imponible del IGC o
créditos a deducir de dicho tributo
Rebajas por inversión en adquisición de viviendas
nuevas acogidas a las normas del D.F.L. Nº 2/59
y Ley N° 19.622/99
Monto anual dividendos hipotecarios pagados
actualizados............................................................
Límite máximo rebaja: (12 meses x 10 UTM
x $ 46.183 UTM Dic/2016)....................................
$ 2.100.000
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$ 5.541.960
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